Petardazo como lenguaje político contra el autoritarismo

Por Abdón Zárate (*)

Una convocatoria inusual a través de las redes sociales para manifestarse públicamente haciendo conocer su descontento ante el gobierno tuvo una repercusión especial. La autoconvocatoria de distintos ciudadanos, que inicialmente no habían generado mucha expectativa, para el día jueves 23 de abril, tuvo una convocatoria inusitada.

La noche oscura de la ciudad de El Alto, a las 19:00 pm., se vio inundado de petardos en distintos distritos, barrios y villas. El ciberactivismo permitió canalizar la participación vecinal de manera democrática, utilizando un lenguaje político muy original. No era Año Nuevo, tampoco era San Juan, era una protesta vecinal.

Nuestra Constitución Política del Estado establece claramente que la forma de gobierno que adoptamos es el sistema democrático en sus tres vertientes: participativa, representativa y comunitaria (Art. 11). En la Ley del Régimen Electoral (Ley N° 026) especifica que: “La democracia directa y participativa se ejerce mediante la participación ciudadana en la formulación y decisión de políticas públicas, la iniciativa popular, el control social sobre la gestión pública y la deliberación democrática, según mecanismos de consulta popular” (Art. 8). Es correcto suponer que la población alteña busca participar en las decisiones que se vayan a tomar desde el gobierno, siendo que esas decisiones inciden directamente en las forma de vida de los vecinos.

La decisión asumida por el gobierno de implementar una cuarentena mediante el D.S. 4200, a fin de lograr el aislamiento de personas durante un período de tiempo como método para evitar el riesgo de la expansión del coronavirus, puede ser observado desde el derecho. Esta decisión a pesar de las buenas intenciones, colisiona con otros derechos fundamentales de las personas.

Derechos Humanos restringidos en la cuarentena

El Estado Constitucional de Derecho establece que “el bloque de constitucionalidad está integrado por los Tratados y Convenios internacionales en materia de Derechos Humanos y las normas de Derecho Comunitario, ratificados por el país” (Art. 410 numeral II de la CPE). En este contexto, la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), establece que las personas tienen derechos, pero que en esta cuarentena están siendo restringidos por un bien superior.

Sólo para graficar la restricción de derechos analicemos algunos ejemplos.

A) “Todos son iguales ante la ley” (Art.2), que no se cumple, porque mientras muchos ciudadanos son detenidos por transgredir la cuarentena, por “vender pan de laja” para sobrevivir, incluso a tal punto de sentenciarlos a pasar en alguna cárcel del país, como sucedió con el alcalde de Patacamaya quien fuera sancionado por permitir una fiesta patronal; en el otro lado de la vereda, se encuentran aquellos que detentando el poder no son sancionados, como sucede con el señor Rafael Quispe, director del Fondo de Desarrollo Indígena, quien fuera encontrado infraganti participando de una reunión con comunarios sin ninguna medida de seguridad sanitaria.

B) “Toda persona tiene derecho a circular libremente” (Art.13), cuyo derecho podría tolerarse en su restricción siempre que todos lo cumplieran sin distinción, sin embargo, uno puede ver cómo algunos familiares de autoridades gubernamentales tienen ciertos privilegios para viajar y hasta para organizar fiestas; por otro lado, existen casos en que algunos militares y policías utilizando su uniforme pueden circular libremente, más allá de la función que van cumpliendo en sus horarios de trabajo por lo cual se los admira y felicita, pero existen muchos casos que hacen uso de ese pase (uniformes) para transportar a sus familiares en vehículos, reflejando ciertos privilegios discriminatorios.

C) “Toda persona tiene derecho al trabajo” (Art.23), cuyo derecho se restringe a los trabajadores informales que son el 80% de la población económica del país, quienes viven del trabajo del día; mientras que algunas empresas siguen laborando o en otros casos, una minoría de empleados pueden darse el lujo de mantenerse en cuarentena puesto que cuentan con un salario fijo como los profesores, docentes universitarios, funcionarios públicos, policías, militares, quienes hasta pueden solicitar la extensión de la cuarentena.

La restricción de derechos fundamentales para el logro de un fin mayor tiene sentido si se aplica con la misma regla a todos los ciudadanos. Pero, si mientras unos quedan varados en un municipio chileno de Huara, en la frontera en condiciones inadecuadas; y otros son privilegiados con vuelos especiales para salir o llegar al país, la restricción de derechos no se ajusta a la equidad. Esta realidad selectiva nos permite afirmar que se están vulnerando ciertos Derechos Humanos de las personas quienes a fin de no ser víctimas de sanciones económicas y hasta penales, no pueden manifestarse sino es a través del uso de petardos.

Conductas autoritarias que van en desmedro de la democracia

El sistema democrático puede degenerar en regímenes autoritarios si no se toma conciencia de las acciones asumidas por los gobiernos, aunque sean éstas por necesidad. Los regímenes autoritarios se caracterizan por tener un respaldo firme de las fuerzas armadas y la policía, como parte del aparato represivo sobre la sociedad. Tienen una estructura vertical, en base a un caudillo que busca conservar el poder. Se toman medidas que restringen libertades, incluso conculcando derechos fundamentales.

Dieter Nohlen consideraba que los regímenes autoritarios se legitimaban de forma político-situacional, cuando por alguna circunstancia, como la crisis sanitaria por ejemplo, la población los acepta porque cree que se evitarán peores escenarios de desarrollo de esta crisis, tolerando y hasta aplaudiendo las medidas autoritarias.

Muchas veces estos regímenes suelen incluir una “justificación religiosa de la autoridad política”, por lo que una frase como: “Gracias a Dios que ha permitido que la biblia vuelva a entrar al Palacio”(El País, 13/11/2019), no debe ser tomada a la ligera.

El gobierno ha decidido ampliar la cuarentena hasta el 10 de mayo, desde cuya fecha se evaluaría la implementación de la cuarentena en tres categorías. Desde el 11 de mayo se implementaría una cuarentena por riesgo alto, cuarentena por riesgo medio y cuarentena por riesgo moderado. Esta clasificación desde una perspectiva médica parece coherente, sin embargo, una decisión que afecta a toda la población, debería coordinarse con los diversos sectores sociales, vecinales, gremiales, empresariales, pueblos indígenas, hasta llegar a un nivel mayor como los municipios y las gobernaciones.

Las acciones y discursos desde el gobierno se encuentran en una frontera muy al límite entre la democracia y el autoritarismo. Por ejemplo, existe una imposición de autoridades desde el gobierno central, contraviniendo las competencias de las gobernaciones departamentales, como sucede con la posesión de autoridades que va más allá de sus competencias apoyado en Decretos emitidos por emergencia, que pueden ir contra la misma Constitución. Así, se leía en el titular de un periódico de circulación nacional: “El gobierno avanza en el control de Sedes con aval de una norma” (Página Siete, 28/04/2020). Esto refleja la falta de coordinación democrática entre las instituciones, por el contrario, existe una imposición vertical de decisiones.

La generación de discurso por parte del Ministro de Gobierno, busca amedrentar más que persuadir. Dice Murillo: “La Presidenta me ha dado la orden de meter preso hasta el ministro que no trabaje”, haciendo gala de su poder circunstancial. Este lenguaje viene acompañado de imágenes en las calles llenos de policías, militares y tanques, que construyen un escenario autoritario.

Contra estas conductas de la clase gobernante una considerable cantidad de vecinos alteños hicieron conocer su malestar utilizando un instrumento original de protesta: el petardo.

(*) Abdón Zárate es filósofo.

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